martes, 7 de julio de 2015

Estudio Técnico de Precios de Transferencia

Estudio Técnico de Precios de Transferencia


Italo Fernandez Origgi, Máster en Tributación
ifernandez@factortributario.com


El tema de precios de transferencia puede ser analizado desde dos puntos de vista; los aspectos formales y los aspectos sustanciales. En cuanto a los aspectos sustanciales, se debe considerar que el régimen de precios de transferencia faculta a la administración tributaria para aplicar ajustes correctivos de valor, en los casos en que los contribuyentes no cumplen con la regla de valor de mercado.

Asimismo, se debe considerar que los precios pactados entre partes vinculadas, deben cumplir con la regla de valor de mercado, es decir con la regla de precio de libre concurrencia, que supone que las partes vinculadas pacten sus operaciones al valor que hubieran pactado partes independientes en condiciones de libre mercado.

En cuanto a los aspectos formales, el estudio técnico de precio de transferencia tiene por principal finalidad, sustentar los precios que han pactado las partes vinculadas a fin de acreditar que dichos precios se encuentran a precio de libre concurrencia. Así, para las empresas que realizan operaciones vinculadas es sumamente importante contar con el estudio técnico respectivo, a fin de poder presentar una acreditación que cumpla los parámetros legales y que sustente que los precios pactados se encuentran a valor de mercado. Además ello supone cumplir con las normas que exigen que en los casos en que se tiene más de S/. 6 millones de operaciones y S/. 1 millón de operaciones vinculadas, es obligatorio contar con el respectivo estudio técnico.

Son diversas las circunstancias que pueden darse en el mercado en las cuales las partes vinculadas pueden celebrar transacciones. Sin embargo, cualquier tipo de transacción o sus variedades, pueden ser materia de análisis dentro de las metodologías que regula el régimen legal de precios de transferencia. Esto es, que la sustentación de los precios de transferencia de acuerdo a la norma tributaria, no puede realizarse en base a criterios libres, sino que se debe cumplir con aplicar las metodologías que están contempladas en la ley vigente del impuesto la renta.

Conforme a lo indicado en el párrafo anterior, el estudio técnico de precios de transferencia debe contener el análisis y señalar las metodologías que se han aplicado, y además debe respetar el contenido que establece el propio reglamento de la ley del impuesto la renta.

Ahora bien, en aquellos casos de empresas vinculadas que no se encuentran obligadas a contar con estudio técnico de precios de transferencia, dichas entidades deberán reunir los sustentos y acreditaciones que consideren pertinente de acuerdo criterios comerciales, financieros u otros, a fines de sustentar que sus precios intercompany cumplen la regla de precios de libre concurrencia.

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